En corto: sí, un punto de recarga hay que legalizarlo
Mucha gente no lo sabe, pero un punto de recarga (punto de recarga) para tu coche eléctrico es una instalación eléctrica que en España hay que legalizar oficialmente — igual que las placas solares. Está regulado en la norma ITC-BT-52. Buenas noticias: igual que con tus placas solares, esto te lo quitamos de encima por completo.
Qué incluye la legalización
Para un punto de recarga normal en casa (hasta 10 kW, en interior) necesitas:
- una memoria técnica — el documento de diseño técnico, redactado por un instalador autorizado;
- el boletín / CIE — el certificado eléctrico que confirma que la conexión es segura;
- el alta en Industria (a través de la Generalitat Valenciana).
Si el punto de recarga es más potente — más de 10 kW o instalado en el exterior — hace falta un proyecto técnico firmado por un técnico.
¿Vives en un piso con garaje comunitario?
Entonces estás cubierto: tienes derecho a instalar un punto de recarga en tu propia plaza de aparcamiento. Solo tienes que comunicarlo con antelación a la comunidad de propietarios (comunidad) — no hace falta ninguna aprobación ni votación.
Por qué es importante
Un punto de recarga sin legalizar da los mismos problemas que unas placas solares sin legalizar: líos con tu seguro, complicaciones al vender tu vivienda y ninguna prueba de que la conexión está certificada como segura. Con los papeles en regla, te quedas tranquilo.
Nosotros nos encargamos
Igual que con las placas solares, nosotros nos ocupamos de toda la legalización de tu punto de recarga — la memoria, el boletín y el registro. Tú solo tienes que enchufar y cargar.
Pide tu presupuesto sin compromiso — y de paso vemos si tu punto de recarga y tus placas solares se pueden combinar de forma inteligente.